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Solicitud de aprobación de gastos y honorarios

033-2026-SAUT-00001

Tercera Sala · Solicitud de aprobación de gastos y honorarios · Acoge

Suprema Corte de Justicia23 de enero de 2026Exp. 0154-24-00162Ponente: Manuel Ramon Herrera CarbucciaInmobiliario

Fallo

ÚNICO: APRUEBA en la suma de diecisiete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$17,000.00) presentada por el Lcdo. en virtud de la sentencia núm. SCJ-TS-25-3112 de fecha 30 de septiembre de 2025 dictada por esta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena Auto núm. 033-2026-SAUT-00001 . Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los archivos a su cargo hay un expediente que contiene un auto de fecha 30 de agosto de 2021, que dice así: arriba indicada.

EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 23 de enero de 2026, años 182 de la Independencia y 163 de la Restauración, el magistrado Manuel R. Herrera Carbuccia, juez presidente de la TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, asistido del infrascrito secretario, en atribuciones administrativas, ha dictado el presente auto: Con motivo de la solicitud de aprobación del estado de gastos y honorarios depositado en fecha 24 de noviembre de 2025 presentada por el Lcdo. quien actúa en calidad de abogado constituido de la parte recurrida en la instancia abierta con motivo del recurso de casación interpuesto por que terminó con la sentencia núm. SCJ-TS-25-3112 de fecha 30 de septiembre de 2025 dictada por esta Sala.

1. Que el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil dispone que: Las demandas intentadas por los abogados y oficiales ministeriales, en pago de honorarios, se discutirán por ante el tribunal en donde se hubiesen causado dichos honorarios.

2. Que, en ese sentido, el artículo 9 de la Ley núm. 302-64, sobre Honorarios de Abogados del 18 de junio de 1964, establece que: Los abogados después del pronunciamiento de sentencia condenatoria en costas, depositarán en la secretaría un Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 1 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena estado detallado de sus honorarios y de los gastos de la parte que represente.

3. Que el ordinal segundo de la sentencia núm. SCJ-TS-25-3112 de fecha 30 de septiembre de 2025 dictada por esta Tercera Sala, dispone lo siguiente: (…) SEGUNDO: CONDENA a la parte recurrente al pago de las costas del procedimiento y ordena su distracción a favor del Dr. y el Lcdo. abogados de la parte recurrida, quienes afirman avanzarlas en su totalidad” (sic).

4. Que de igual forma el artículo 8 de la indicada ley, expresa: El monto mínimo de los honorarios de los abogados será establecido conforme a la siguiente tarifa (…).

5. Que, en el caso analizado, el solicitante pretende la aprobación del estado de gastos y honorarios por la suma de RD$251,551.20; en ese sentido, procederemos a verificar las actuaciones que sustentan el estado de costas y honorarios.

Actuación procesal. Base Monto Monto Base Partidas solicitadas. legal solicitado aprobado Legal invocada. (RD$) (RD$) aplicada.

1. La sentencia SCJ-TS- - RD$0 RD$0 No se 25-3112 de fecha 30 de considera septiembre de 2025, una actuación de dictada por la Suprema las partes Corte de Justicia. (para sino una que el tribunal pueda actividad verificar que es una propia del sentencia firme). Anexa tribunal.

original.

2. La sentencia núm. - RD$0 RD$0 No se 202500159, de fecha considera Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 2 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena Dieciocho (18) días del una mes de junio del año dos actuación de mil veinticinco (2025), las partes sino una dictada por el Tribunal actividad Superior de Tierras del propia del Departamento Este, de tribunal.

la cual se desprende el cobro de las costas y honorarios siguientes.

(para que tribunal pueda ver la decisión).

(Anexa original).

3. La sentencia - RD$0 RD$0 No se núm. , considera de fecha ocho (8) una actuación de días del mes de las partes enero del año dos sino una mil veinticuatro actividad (2024), dictada propia del por la Primera tribunal.

Sala del Tribunal de Jurisdicción Original de Higüey, de la cual se desprende el cobro de las costas y honorarios siguientes.

(anexada original) 4. Cuatro (4) - RD$40,000.00 RD$2,000.00 Art.8-15-a; consultas verbales a razón de RD$10,000.00 por consulta.

Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 3 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena 5. Por concepto de Art.8-23- RD$93,537.5 RD$5,000.00 Art.8-2-b; redacción del F; memorial de defensa de recurso de casación, depositado en fecha 11 de agosto de 2025. Ver numeral 23, letra f, de la ley 302: 1,250 x 74.83= 93,537.5 pesos. (anexado original de la instancia depositada en fecha ocho (8) de Noviembre del 2024).

6. Notificación del - RD$1,000.00 RD$1,000.00 Visto el costo Memorial de defensa del acto mediante acto No. 522/2025.

522/2025 de fecha Dieciocho (18) del mes de agosto del 2025.

7. Por concepto - RD$6,000.00 RD$1,500.00 Art.8-2-b; de redacción del Acto No.522/2025 de fecha dieciocho (18) del mes de agosto del 2025.

8. Por concepto de Art.8-23- RD$93,537.5 RD$1,500.00 Art.8-2-b; redacción del escrito F; de depósito del acto no. 522/2025 de Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 4 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena fecha dieciocho (18) del mes de agosto del 2025 de notificación de memorial de defensa depositado en fecha diecinueve 19) del mes de Agosto del 2025. Ver numeral 12, letra f, de la ley 302: 1,250x 74.83 9. Notificación de RD$1,000.00 RD$1,000.00 Visto el costo la sentencia SCJ- de dicho acto.

TS-25-3112, de fecha 30 de septiembre de 2025, dictada por la Suprema Corte de Justicia, acto No. 119/2025 de fecha veintiuno (21) de noviembre del 2025.

10. Por concepto de RD$6,000.00 RD$1,500.00 Art.8-2-b; Redacción del acto No. 1119/2025 de fecha veintiuno (21) de noviembre del 2025.

11. Por concepto RD$7,483.00 RD$3,000.00 Art. 8-2-b; de redacción de solicitud de aprobación de estados de costas y honorarios, depositado en Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 5 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena fecha 24/11/2025.

Ver actos, escritos, instancias y vacaciones diversosx74.83= RD$7,483.00 12. Por concepto de Art. 8-a; RD$2,993.20 RD$500.00 Art.8-12-e; vacación para depositar solicitud de aprobación de estado de costas y honorarios.

Ver numeral 100: Transporte y estadía.

Letra a de la ley 302: 40x 74.83= RD$2,993.20 TOTAL: RD$251,551.2 RD$17,00.00 6. Tomando en consideración que el artículo 8 de la ley solo limita el monto mínimo, esta presidencia haciendo una evaluación de lo solicitado y su validación con las actuaciones realizadas, aprueba el estado de gastos y honorarios que le ha sido presentado, en la cantidad de diecisiete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$17,000.00), conforme se expresa en la parte dispositiva.

7. Que la parte final del precitado artículo 9 de la Ley núm. 302-64 sobre Honorarios de Abogados del 18 de junio 1964, dispone: …La liquidación que intervenga será ejecutoria, tanto frente a la parte contraria, si sucumbe, como frente a su propio cliente, por sus honorarios y por los gastos que haya avanzado por cuenta Av. , Esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Distrito Nacional, Rep. Dom. Tel.: • Dirección de Internet: http://www.poderjudicial.gob.do Pág. 6 de 7 REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: 0154-24-00162 Sol. Núm.: 2025-R1264192 Solicitante: Lcdo. Materia: Tierras Decisión: Ordena de éste.

Por tales motivos, la Presidencia de la TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, administrando justicia en nombre de la República, de conformidad con la Constitución de la República, la norma legal y sobre la base de los motivos expuestos.

DECIDE: ÚNICO: APRUEBA en la suma de diecisiete mil pesos dominicanos con 00/100 (RD$17,000.00) presentada por el Lcdo. en virtud de la sentencia núm. SCJ-TS-25-3112 de fecha 30 de septiembre de 2025 dictada por esta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

Firmado: , Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente resolución ha sido firmada digitalmente por los jueces y secretario que figuran en la estampa.