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Solicitud de aprobación de gastos y honorarios

033-2025-SAUT-00036

Tercera Sala · Solicitud de aprobación de gastos y honorarios · Inadmisible

Suprema Corte de Justicia9 de octubre de 2025Exp. 028-2021-ELAB-00244Ponente: Manuel A. Read O.Laboral

Fallo

ÚNICO: Declara inadmisible la solicitud de aprobación del estado de gastos y honorarios sometido a la presidencia de esta Tercera Sala en fecha 12 de septiembre de 2025 por el Lcdo. por los motivos expuestos.

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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: -RECA-00083 Solicitud núm.: 2025-R1005353 Solicitante: Lcdo. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible Auto núm. 033-2025-SAUT-00036 . Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, Certifica: Que en los archivos a su cargo hay un expediente que contiene un auto de fecha 30 de agosto de 2021, que dice así: arriba indicada.

EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, en fecha 9 de octubre de 2025, años 182 de la Independencia y año 163 de la Restauración, el magistrado Manuel Alexis Read Ortiz, juez presidente de la TERCERA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, asistido del infrascrito secretario en atribuciones administrativas, ha dictado el presente auto: Con motivo de la solicitud de aprobación del estado de gastos y honorarios recibida vía la plataforma digital del Poder Judicial en fecha 12 de septiembre de 2025, presentada para fines de aprobación por el Lcdo. quien actuó en calidad de abogado constituido de la parte recurrida en la instancia abierta con motivo del recurso de casación interpuesto por el Instituto de Estabilización de Precios (Inespre) que terminó con la sentencia núm. SCJ-TS-22-1169 de fecha 16 de diciembre de 2022 dictada por esta Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.

1. Que el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil dispone que: Las demandas intentadas por los abogados y oficiales ministeriales, en pago de honorarios, se Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: -RECA-00083 Solicitud núm.: 2025-R1005353 Solicitante: Lcdo. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible discutirán por ante el tribunal en donde se hubiesen causado dichos honorarios.

2. Que el artículo 9 de la Ley núm. 302 sobre horarios de abogados establece que: “Los abogados después del pronunciamiento de sentencia condenatoria en costas, depositarán en secretaría un estado detallado de sus horarios y de los gastos de la parte que representen, el que será aprobado por el Juez o Presidente de la Corte en caso de ser correcto, en los cinco días que sigan a su depósito en secretaría”.

3. Que el artículo 2273 del Código Civil establece que: “La acción de los abogados, por el pago de sus gastos y honorarios, prescribe por dos años contados desde el fallo de los procesos o conciliación de las partes, después de la revocación de sus poderes”.

4. De acuerdo con el análisis de la solicitud presentada y de la sentencia que originó el proceso, se observa que han transcurrido más de dos años desde la fecha en que se dictó la sentencia condenatoria en costas, es decir, desde el 16 de diciembre de 2022 hasta la fecha en que se presentó la solicitud de aprobación de gastos y honorarios, que ocurrió el 12 de septiembre de 2025.

5. Por lo tanto, de conformidad con el artículo 2273 del Código Civil, la acción por el cobro de los honorarios y gastos se encuentra prescrita ya que no fue ejercida dentro del plazo de dos años establecido por la ley; 6. En virtud de lo expuesto, y considerando que la acción presentada por el Lcdo. se encuentra fuera del plazo de prescripción, procede declararla inadmisible.

2 Av. esq. Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. Núm.: -RECA-00083 Solicitud núm.: 2025-R1005353 Solicitante: Lcdo. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible DECIDE: ÚNICO: Declara inadmisible la solicitud de aprobación del estado de gastos y honorarios sometido a la presidencia de esta Tercera Sala en fecha 12 de septiembre de 2025 por el Lcdo. por los motivos expuestos.

Firmado: , Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente resolución ha sido firmada digitalmente por los jueces y el secretario que figuran en la estampa.