Fallo
PRIMERO: APRUEBA los trabajos de Deslinde y Sub-división practicados por el Agrimensor , Codia No. 32106, dentro de la parcela No. 1376, del distrito catastral No. 06, del municipio y provincia de Santiago, resultando las designaciones catastrales posicionales Nos. 42 y 81, las cuales al ser subdivididas, resultaron con las designaciones catastrales posicionales Nos. 95, 62, 06, 91, 01, 69, 53, 19, 37, 06, 22, 93, 64 y 42, del municipio y provincia de Santiago.
SEGUNDO: ACOGE, la Declaración Jurada, de fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), con firmas legalizadas por el doctor , Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, a través del cual los señores y , casado con la señora , […], y , realizaron la distribución respecto a los inmuebles en cuestión.
TERCERO: ORDENA, a la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, lo siguiente: 1.- CANCELAR, lo siguiente: Constancia Anotada en el Certificado de Título No. 203 (Anot. No. 4), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad sobre una porción de terreno con una superficie de 38,554.50 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, a nombre de la señora , y; Certificado de Título No. (203), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la LIBRO: 135 FOLIO: 132 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, con una extensión superficial de: 5,030.90 metros cuadrados, a nombre de la señora , y en su lugar; 2.- EXPEDIR, nuevos certificados de títulos, que amparen el derecho de propiedad de las nuevas parcelas resultantes, de acuerdo al área y especificaciones que se indican en los planos y su hoja de descripción técnica correspondiente, en la siguiente forma y proporción: Parcela resultante 95, con una superficie de 278.02 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de la señora , dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 62, con una superficie de 351.32 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 06, con una superficie de 631.27 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores y , dominicanos, mayores de edad, solteros, pintor y empleada privada, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos.
y , respectivamente, domiciliados y residentes en el municipio de Villa Bisonó (Navarrete), provincia de Santiago, con un 50% de participación a favor de cada uno.
Parcela resultante 91, con una superficie de 18,820.52 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de la señora , dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres doméstico
Normas que aplica
- Ley 108-05 de Registro Inmobiliario
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TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 29/04/2026 EXPEDIENTE: REPÚBLICA DOMINICANA 189 PODER JUDICIAL 0495-24-00882 0495-23-04075 NÚMERO DESPACHO: TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINA L DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); años ciento ochenta y tres (183) de la Independencia y ciento sesenta y tres (163) de la Restauración.
El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, Sala IV, localizado en la segunda planta del edificio ubicado en la Calle No.77 del Ensanche Román II, presidido por la Magistrada BLESSIE GÓMEZ BÁEZ, asistida de la TOS AMARO, ha dictado la presente Sentencia en sus atribuciones inmobiliarias, después de haber comprobado que han sido cumplidas todas las formalidades exigidas por la Ley número 108-05 de Registro Inmobiliario y sus Reglamentos.
Con motivo del proceso judicial de Deslinde y Sub-división para partición de inmueble, relativo al inmueble identificado como parcela No. 1376, del distrito catastral No. 06, del municipio y provincia de Santiago, resultando de los trabajos de deslinde en la indicada parcela, las designaciones catastrales posicionales Nos. 42 y 81; resultando de los trabajos de sub-división para partición de inmueble relativo al inmueble identificado como 42, las designaciones catastrales posicionales Nos.
95, 62, 06, 91, 01, 69, 53, 19, 37, 06, 22, 93, 64 y 42, solicitado por los señores , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, y , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros; , dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres domésticos, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros; , dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros; VICENTE PAÚL , dominicano, mayor de edad, soltero, LIBRO: 134 FOLIO: 120 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV empleado público, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros; y los señores y , dominicanos, mayores de edad, solteros, pintor y empleada privada, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos. 001- y , respectivamente, domiciliados y residentes en el municipio de Villa Bisonó (Navarrete), provincia de Santiago.
CRONOLOGÍA DEL PROCESO En fecha 21 del mes de octubre del año 2025, fue emitida por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, la resolución de aprobación técnica de los trabajos de deslinde y sub-división dentro de la parcela 1376, del distrito catastral número 06, del municipio y provincia de Santiago, resultando del deslinde en dicha parcela, las designaciones catastrales posicionales Nos. 42 y 81; resultando de los trabajos de sub-división para partición de inmueble relativo al inmueble identificado como 42, las designaciones catastrales posicionales Nos. 95, 62, 06, 91, 01, 69, 53, 19, 37, 06, 22, 93, 64 y 42; la cual fue remitida al tribunal conjuntamente con los planos debidamente aprobados en fecha 27 del mes de octubre del año 2025.
En fecha 11 del mes de abril del año 2024, fue dictada por este tribunal la resolución número 202400212, que determinó los herederos de los finados , y .
En fecha trece (13) del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), fue emitido el auto de designación de sala, por el Juez Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, designando a la Primera Sala de Jurisdicción Original, para conocer en primer grado del deslinde del inmueble de que se trata.
En fecha 14/11/2025 fue emitido Auto Especial No. 20250659 mediante el cual la Juez que preside la Primera Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, ordenó la declinatoria del presente expediente, toda vez que este tribunal se encuentra apoderado mediante auto de fecha 17/11/2023 para el conocimiento y fallo del mismo.
Mediante oficio No. 0141/2025 de fecha 19/11/2025, suscrito por la secretaria titular de la Primera Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, nos fue remitido el presente expediente para los fines correspondientes.
LIBRO: 135 FOLIO: 121 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV Para conocer de la etapa judicial del proceso técnico de deslinde y sub-división de que se trata, este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, dictó el auto de fecha 16 del mes de enero del año 2026, en virtud del cual fijó audiencia para el día 27 del mes de marzo del año 2026.- En la audiencia oral, pública y contradictoria celebrada por este tribunal en fecha veintisiete (27) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026) los solicitantes, por medio de su representante legal, presentaron conclusiones al fondo como figura en otro apartado de esta sentencia, quedando el presente expediente en estado de fallo.
PRETENSIONES DE LAS PARTES La parte solicitante requieren en síntesis la aprobación de los trabajos técnicos de Deslinde y Sub-división de que se trata, quienes a través de su representante legal presentaron conclusiones por escritas de la siguiente manera: LIC. MORALES: Concluimos de la siguiente manera: “PRIMERO: Acoger como buena y valida la presente solicitud de DESLINDE Y SUB- DIVISION para partición de inmueble respecto trabajos aprobado por Mensura Catastral de la Parcela No. 1376 del . 06 de Santiago, resultando las siguientes 42, con una superficie de 38,343.16 metros cuadrados, Designación catastral No. 81 con una superficie de 5,028.89, resultando la designación catastral posicional 42, que dio como resultado lo siguiente: 1) Designación Catastral No. 95 con una superficie de 278.02 metros cuadrados, 2) Designación Catastral No. 62 con una superficie de 351.32 metros cuadrados, 3) Designación Catastral No. 06 con una superficie de 631.27 metros cuadrados, 4) Designación Catastral No. 91 con una superficie 18,820.52, metros cuadrados, 5) Designación Catastral No. 01 con una superficie de 1,893.79, metros cuadrados, 6) Designación Catastral No. 69 con una superficie de 4,760.26 metros cuadrados, 7) Designación Catastral No. 53 con una superficie de 4,736.73 metros cuadrados, 8) Designación Catastral No. 19, con una superficie de 1,325.84 metros cuadrados 9) Designación Catastral No. 37, con una superficie de 350.85 metros cuadrados, 10) Designación Catastral No. 06 con una superficie de 200.77 metros cuadrados, 11) Designación Catastral No. 22 con una superficie de 1,936.85 metros cuadrados,12) Designación Catastral No. 93 con una superficie de 946.55 metros cuadrados, 13) Designación Catastral No. 64 con una superficie LIBRO: 135 FOLIO: 122 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV de 1,495.23 metros cuadrados, 14) Designación Catastral No. 42 con una superficie de 323.26 meteros cuadrados.
SEGUNDO: Ordenar la adjudicación de las siguientes Posicionales para registrar en la siguiente forma: *Designación Catastral No. 95 con una superficie de 278.02 metros cuadrados, para registrarse a nombre de .
*Designación Catastral No. 62 con una superficie de 351.32 metros cuadrados, para registrarse a nombre de .
*Designación Catastral No. 06 con una superficie de 631.27 metros cuadrados, para registrarse a nombre de FIVERAL y , con un 50% de participación a favor de cada uno.
*Designación Catastral No. 91 con una superficie 18,820.52, metros cuadrados, para registrarse a nombre de .
*Designación Catastral No. 01 con una superficie de 1,893.79, metros cuadrados, para registrarse a nombre de y , con un 50% de participación a favor de cada uno.
*Designación Catastral No. 69 con una superficie de 4,760.26 metros cuadrados, para registrarse a nombre de .
*Designación Catastral No. 53 con una superficie de 4.786.73 metros cuadrados registrarse a nombre de Y PEDRO RARAEL POLANCO CABRER 4, con un 50% de participación a favor de cada uno) *Designación Catastral No. 19, con una superficie de 1,325, 84 metros cuadrados, registrar a nombre de y PEDRO RARAEL , con un 80% de participación a favor de cada una *Designación Catastral No. 06 con una superficie de 200.77 metros cuadrados, para registrarse a nombre de PEDAO RARAEL .
LIBRO: 135 FOLIO: 123 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV *Designación Catastral No. 22 con una superficie de 1,936,85 metros cuadrados, para registrarse a nombre de y PEDRO RAPANE , con un 50% de partición a favor de cada una *Designación Catastral No. 93 con una superficie de 046,05 menor cuadrados, para registrarse a nombre de .
*Designación Catastral No. 64 con una superficie de 1,495,23 metros cuadrados, para registrase a nombre de RAY MOND .
* Designación Catastral No. 42 con una superficie de 323,26 meteros cuadrados, para registrase a nombre de VICENTE PAUL, .
TERCERO: ORDENAR a la Registradora de Títulos del Departamento Norte de Santiago cancelar los derechos de la señora , obtenido dentro de la Parcela 1376 del . 06 de Santiago derechos sometidos a Deslinde y subdivisión por lo hoy solicitantes, así mismo ORDENAR expedir nuevas matrículas o certificados de título en favor de los solicitantes en deslinde los señores SOLICITANTES: . , […], ALT. . FIVERAL BAUTISTA REVES y PAVERO POLANCO.”.
De las que el tribunal FALLA: “El expediente queda en estado de fallo.”.- ELEMENTOS DE PRUEBA A) Pruebas Documentales depositadas por los solicitantes: A.1) Original de Constancia Anotada en el Certificado de Título No. 203 (Anot. No. 4), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad sobre una porción de terreno con una superficie de 38,554.50 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, registrado a nombre de la señora .
A.2) Original de Certificado de Título No. (203), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del LIBRO: 135 FOLIO: 124 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV municipio y provincia de Santiago, con una extensión superficial de: 5,030.90 metros cuadrados, registrado a nombre de la señora .
A.3) Original de Certificación del Estado Jurídico del Inmueble de referencia, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago en fecha 26 de septiembre del 2023.
A.4) Original de Certificación del Estado Jurídico del Inmueble de referencia, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago en fecha 25 de agosto del 2023.
A.5) Original de Extracto de Defunción de la señora , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago, en fecha cinco (05) del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
A.6) Original de Extracto de Defunción del señor , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago, en fecha cinco (05) del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023).
A.7) Original de Extracto de Defunción de la señora , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago, en fecha diecisiete (17) del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).
A.8) Original de Extracto de Acta de divorcio de los señores y , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, en fecha noviembre (14) del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023).
A.9) Original de Extracto de acta de nacimiento de Rafaela, emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Primera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha diez (10) del mes de enero del año dos mil veintitrés (2023).
A.10) Copia de la cédula de identidad y electoral de la señora .
A.11) Compulsa de acto de notoriedad pública No. 134, de fecha doce (12) del mes de mayo del año dos mil veintitrés (2023), instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de determinación de herederos de la finada , y .
LIBRO: 135 FOLIO: 125 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV A.12) Original de pliego de modificaciones, notificación de liquidación, autorización y recibo de pago de impuestos por donaciones y sucesiones de la finada .
A.13) Original de Acuerdo Transaccional de fecha 02 del mes de noviembre del año 2023, instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, donde los señores , […], y , y acordaron la forma y distribución de los bienes a partir.
A.14) Original de Certificación del Estado Jurídico del Inmueble de referencia, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago en fecha 14 del mes de julio del 2023.
A.15) Original de acto de venta de fecha 27 del mes de julio del año 2023, intervenido entre los señores (Vendedora) y el señor (comprador) instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, con relación a una porción de sus derechos de propiedad sobre el inmueble Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, con extensión superficial de 350.00 metros cuadrados, con sus impuestos liquidados.
A.16) Fotocopia de cédula de identidad y electoral del señor .
A.17) Original de acto de venta de fecha 06 del mes de septiembre del año 2023, intervenido entre los señores (Vendedora) y la señora (compradora) instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, con relación a una porción de sus derechos de propiedad sobre el inmueble Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, con extensión superficial de 279.16 metros cuadrados, con sus impuestos liquidados.
A.18) Fotocopia de cédula de identidad y electoral de la señora .
A.19) Original de acto de venta de fecha 26 del mes de octubre del año 2023, intervenido entre los señores (Vendedora) y las señoras y (compradoras) instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, con relación a una porción de LIBRO: 135 FOLIO: 126 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV sus derechos de propiedad sobre el inmueble Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, con extensión superficial de 629.00 metros cuadrados, con sus impuestos liquidados.
A.20) Fotocopia de cédula de identidad y electoral del señor . - A.21) Fotocopia de cédula de identidad y electoral . - A.22) Certificación de IPI de fecha 30 del mes de octubre del año 2023.- A.23) Poder de representación, de fecha 08 de febrero del año 2023, instrumentado por el licenciado, […], Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, en donde la señora a los licenciados y .- A.24) Fotocopia de cédula de la de identidad del señor .- A.25) Original de Extracto de Matrimonio del señor y , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Segunda Circunscripción de Santiago, en fecha nueve (09) del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2023).
A.26) Fotocopia de cédula de la señora .- Documentos incorporados vía la plataforma BackOffice en fecha 26/03/2026.- A.27) Original de Declaración Jurada para establecer registro de parcela, de fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), con firmas legalizadas por el doctor , Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, suscrita por los señores y , casado con la señora , […], y los señores y .
A.28) Original de Acto de Alguacil número 253/2026, de fecha 04/03/2026, instrumentado por el ministerial , Alguacil Ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Tierra, Laboral, Contencioso Administrativo, mediante el cual se procedió a colocar el edicto ante el terreno objeto de deslinde.
LIBRO: 135 FOLIO: 127 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV A.29) Original de Acto de Alguacil número 254/2026, de fecha 04/03/2026, instrumentado por el ministerial , Alguacil Ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Tierra, Laboral, Contencioso Administrativo, mediante el cual se notificó en el Juzgado de Paz de la Tercera Circunscripción de Santiago.
A.30) Original de Acto de Alguacil número 255/2026, de fecha 04/03/2026, instrumentado por el ministerial , Alguacil Ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Tierra, Laboral, Contencioso Administrativo, mediante el cual se notificó en la puerta del tribunal.
A.31) Original de Acto de Alguacil número 256/2026, de fecha 05/03/2026, instrumentado por el ministerial , Alguacil Ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Tierra, Laboral, Contencioso Administrativo, mediante el cual se notificó en el Ayuntamiento Distrital de Jacagua.
A.32) Original de Acto de Alguacil número 257/2026, de fecha 05/03/2026, instrumentado por el ministerial , Alguacil Ordinario de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, Tierra, Laboral, Contencioso Administrativo, mediante el cual se notificó a los colindantes: , […], sucesores de , y sucesores de Bertilio Martines, en cumplimiento a los requisitos de publicidad para la indicada audiencia.
A.33) Ejemplar de publicación en el periódico de circulación nacional “La información”, de fecha 30 de enero de 2026.
A.34) Ejemplar de publicación en el periódico de circulación nacional “Grupo Diario Libre, S.A.”, de fecha 30 de enero de 2026.
A.35) Original de Certificación del estado jurídico sobre una porción de terreno con una superficie de 38,554.50 metros cuadrados, dentro del inmueble: Parcela 1376, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santiago, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 12 de marzo del 2026.
A.36) Original de Certificación del estado jurídico sobre una porción de terreno con una superficie de 5,030.90 metros cuadrados, dentro del inmueble: Parcela 1376, del Distrito Catastral No. 06, ubicado en Santiago, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 18 de marzo del 2026.
LIBRO: 135 FOLIO: 128 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV A.37) Original de escrito de conclusiones depositado en fecha 26/03/2026, por el Lic.
B) Pruebas documentales remitidas por la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte: B.1) Constancia de Aprobación técnica de los trabajos de Deslinde y Sub-división expedida en fecha 21-10-2025.
B.2) Copia certificada de Resolución No. 202400212 de fecha 11/04/2024, dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, Sala IV.
B.3) Copia de planos individual y general de las parcelas objeto de deslinde y subdivisión.
B.4) Original de Declaración Jurada de Distribución de las parcelas, de fecha 12/06/2025.
PONDERACIÓN DEL CASO 1.- Este tribunal se encuentra apoderado para conocer de la etapa judicial del proceso de deslinde y sub-división de un inmueble ubicado en la provincia de Santiago; lo cual es competencia de este Tribunal conforme lo establecido por la Ley 108-05 y sus reglamentos complementarios.
2.- De conformidad al artículo 10 del Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde “El deslinde es el proceso contradictorio mediante el cual se ubican, determinan e individualizan los derechos amparados en Constancias Anotadas”; y de conformidad al artículo 11 del mismo reglamento, consta de tres etapas: la Técnica, la Judicial y la Registral; siendo de nuestra competencia la judicial, “en el que mediante un proceso se dan las garantías necesarias para que todos los titulares de Constancias Anotadas sobre la misma parcela y los titulares de cargas y gravámenes, puedan hacer los reclamos que consideren pertinentes. Esta etapa finaliza con la sentencia de aprobación del deslinde”.
3.- Los trabajos técnicos de deslinde y sub-división relativos a la parcela que nos ocupa fueron ejecutados por el agrimensor contratista en apego a las leyes y reglamentos que rigen la materia, sin que se presentase ningún impedimento, por lo que fueron aprobados por la autoridad competente, que es el Director Regional de Mensuras Catastrales; y luego de la aprobación fueron remitidos al tribunal los documentos a que se refiere el artículo 15 del Reglamento para la Regularización Parcelaria y el Deslinde.
LIBRO: 135 FOLIO: 129 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV 4.- De conformidad con las disposiciones del artículo 16 de la Resolución No. 355-2009 de fecha 5 de marzo del 2009, contentiva del Reglamento para la regularización parcelaria y deslinde: El proceso judicial de deslinde se conoce de manera contradictoria por el Tribunal de Jurisdicción Original competente, aplicando para el mismo los principios del saneamiento, en consecuencia, no es obligatorio el ministerio de abogado, salvo que el proceso se torne litigioso.- Párrafo I. El proceso de deslinde se torna litigioso desde el momento en que la operación técnica de mensura, el derecho de propiedad o cualquier otro derecho real accesorio relativo al inmueble o inmuebles objeto de deslinde, se encuentra en discusión entre dos o más personas físicas o jurídicas. Párrafo II. El Tribunal fija audiencia a solicitud de parte interesada, la cual debe celebrarse en un plazo no mayor de 30 días calendarios, contados a partir de la fecha de la solicitud. Párrafo III. Una vez fijada la audiencia, la parte interesada notifica a los colindantes identificados en la etapa técnica y a quienes hubieren presentado objeciones al proceso conforme a las reglas de derecho común.
Párrafo IV. El Juez celebra una sola audiencia cuando tenga constancia del cumplimiento de todas las medidas de publicidad antes indicadas y siempre que no se haya presentado objeción o contestación alguna, o que éstas puedan ser resueltas en la audiencia.
5.- En lo relativo con la preservación de las garantías del debido proceso, tenemos que: a) fueron citados los señores , […], sucesores de , y sucesores de Bertilio Martines, en calidad de colindantes de la porción de terreno objeto de deslinde; además se procedió a la notificación en el lugar donde se encuentra ubicado el inmueble objeto de deslinde; Juzgado de Paz de la Tercera Circunscripción de Santiago; Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, Sala IV; y en el Ayuntamiento Distrital de Jacagua, en cumplimiento a los requisitos de publicidad; b) en el curso del proceso no se ha presentado ningún tipo de contradicción u oposición; y, c) las cargas y gravámenes que pesen en el inmueble objeto de deslinde se mantendrán al momento de dictar la decisión; por lo que procede aprobar los trabajos de deslinde de que se trata.
6.- Que, del estudio de los documentos depositados en el expediente, quedan evidenciados los hechos siguientes: a) Que de conformidad con las constancias anotadas en los certificados de títulos y las certificaciones sobre el estado jurídico supradescritos, la señora , figura como propietaria de dos (2) porciones de terreno consistentes en: 5,030.90 y 38,554.50 metros cuadrados, ubicadas dentro del ámbito de la parcela No. 1376, del distrito catastral No. 06, del municipio y provincia de Santiago, con sus mejoras consistentes en una (1) casa, dos de tablas de palma techada de cana, árboles frutales y cercas de maya; b) Que mediante resolución número 202400212, dictada por este tribunal en fecha 11 del mes de abril del año 2024, fueron determinados los herederos de los finados , y Mercedes LIBRO: 135 FOLIO: 130 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV Pichardo, y se ordenó a los señores , […], y , y , proveerse por ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales, a los fines de individualizar sus derechos.
7.- A través de la Declaración Jurada, de fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), con firmas legalizadas por el Dr. , Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, los señores y , casado con la señora , […], y , realizaron la distribución respecto a los inmuebles en cuestión.
8.- En el caso de la especie, de acuerdo a las comprobaciones hechas en el legajo de documentos probatorios y habiéndose realizado la partición amigable entre los solicitantes, el tribunal procederá a realizar la distribución, de conformidad con el acto de partición amigable suscrito por las referidas partes, tal como se hará constar en el dispositivo de la presente resolución.- 9.- De conformidad con las disposiciones del artículo 55, párrafo 1 de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario, “En los casos de partición amigable, ésta se ejecuta por la vía administrativa. A tal efecto, la solicitud de partición debe acompañarse del acto auténtico o bajo firma privada debidamente legalizado por Notario, en el cual todos los copropietarios, coherederos o copartícipes de común acuerdo pongan de manifiesto su voluntad y forma de dividir amigablemente el inmueble…..”.- 10.- El artículo 56 del mismo texto supra citado, establece que: “Cualquier copropietario, coheredero o copartícipe de un derecho registro indiviso puede solicitar la partición al Tribunal de Jurisdicción Original correspondiente”.- 11.- Que vistas así las cosas, no habiendo ninguna manifestación expresa de parte de los colindantes citados, habiendo el Tribunal establecido por los documentos aportados al expediente, que el Agrimensor Contratista, al realizar los trabajos citados, respetó las ocupaciones de los colindantes y que al separar los derechos de los solicitantes, del resto de la parcela, se ciñó a la ocupación de éstos en el terreno, por lo que procede aprobar los trabajos realizados por el Agrimensor Contratista, dentro del inmueble objeto de Deslinde, por haber sido hechos con arreglo a la ley y los reglamentos que rigen la materia.
LIBRO: 135 FOLIO: 131 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV POR TALES MOTIVOS, el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original con asiento en la ciudad de Santiago de los Caballeros, Administrando Justicia, en nombre de la República, por autoridad de la ley y en mérito de las disposiciones de los artículos 1, 3, 10, 30 Párrafo 2, 58, 60, 61 y 130 Párrafo 1 de la Ley Número 108-05 de Registro Inmobiliario; y 46 literal b), 101, 103 y 106 del Reglamento de los Tribunales Superiores y de Jurisdicción Original y la Constitución.
F A L L A PRIMERO: APRUEBA los trabajos de Deslinde y Sub-división practicados por el Agrimensor , Codia No. 32106, dentro de la parcela No. 1376, del distrito catastral No. 06, del municipio y provincia de Santiago, resultando las designaciones catastrales posicionales Nos. 42 y 81, las cuales al ser subdivididas, resultaron con las designaciones catastrales posicionales Nos. 95, 62, 06, 91, 01, 69, 53, 19, 37, 06, 22, 93, 64 y 42, del municipio y provincia de Santiago.
SEGUNDO: ACOGE, la Declaración Jurada, de fecha veintiséis (26) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), con firmas legalizadas por el doctor , Notario Público de los del número para el municipio de Santiago, a través del cual los señores y , casado con la señora , […], y , realizaron la distribución respecto a los inmuebles en cuestión.
TERCERO: ORDENA, a la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, lo siguiente: 1.- CANCELAR, lo siguiente: Constancia Anotada en el Certificado de Título No. 203 (Anot. No. 4), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad sobre una porción de terreno con una superficie de 38,554.50 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, a nombre de la señora , y; Certificado de Título No. (203), inscrito en el libro No.126, folio No. 249, emitido por la LIBRO: 135 FOLIO: 132 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 6 de Febrero de 1991, que ampara el derecho de propiedad de la Parcela No. 1376, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, con una extensión superficial de: 5,030.90 metros cuadrados, a nombre de la señora , y en su lugar; 2.- EXPEDIR, nuevos certificados de títulos, que amparen el derecho de propiedad de las nuevas parcelas resultantes, de acuerdo al área y especificaciones que se indican en los planos y su hoja de descripción técnica correspondiente, en la siguiente forma y proporción: Parcela resultante 95, con una superficie de 278.02 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de la señora , dominicana, mayor de edad, soltera, ama de casa, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 62, con una superficie de 351.32 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 06, con una superficie de 631.27 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores y , dominicanos, mayores de edad, solteros, pintor y empleada privada, titulares de las cédulas de identidad y electoral Nos.
y , respectivamente, domiciliados y residentes en el municipio de Villa Bisonó (Navarrete), provincia de Santiago, con un 50% de participación a favor de cada uno.
Parcela resultante 91, con una superficie de 18,820.52 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de la señora , dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres domésticos, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 01, con una superficie de 1,893.79 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores RAYMOND LIBRO: 135 FOLIO: 133 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, con un 50% de participación a favor de cada uno.
Parcela resultante 69, con una superficie de 4,760.26 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de la señora , dominicana, mayor de edad, soltera, quehaceres domésticos, portadora de la cédula de identidad y electoral número , domiciliada y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 53, con una superficie de 4,736.73 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, con un 50% de participación a favor de cada uno.
Parcela resultante 19, con una superficie de 1,325.84 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, con un 50% de participación a favor de cada uno.
LIBRO: 135 FOLIO: 134 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV Parcela resultante 37, con una superficie de 350.85 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor VICENTE PAÚL , dominicano, mayor de edad, soltero, empleado público, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 06, con una superficie de 200.77 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 22, con una superficie de 1,936.85 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor de los señores , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros, con un 50% de participación a favor de cada uno.
Parcela resultante 93, con una superficie de 946.55 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor , dominicano, mayor de edad, soltero, abogado, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en la ciudad de Santiago de los Caballeros.
Parcela resultante 64, con una superficie de 1,495.23 Metros Cuadrados, ubicada en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor , dominicano, mayor de edad, abogado, titular de la cédula de identidad y electoral número , casado con la señora , dominicana, mayor de edad, psicóloga, portadora de la cédula de identidad y electoral número , con domicilio y residencia en esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y; Parcela resultante 42, con una superficie de 323.26 Metros Cuadrados, ubicada LIBRO: 135 FOLIO: 135 TIPO DECISIÓN: SENTENCIA NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV en el Municipio y Provincia de Santiago, a favor del señor VICENTE PAÚL , dominicano, mayor de edad, soltero, empleado público, portador de la cédula de identidad y electoral número , domiciliado y residente en esta ciudad de Santiago de los Caballeros.
3.- MANTENER, cualquier carga o gravamen que a la fecha de la recepción de la presente resolución pese sobre los inmuebles de que se trata.
QUINTO: COMUNÍQUESE, a la Oficina de Registro de Títulos de Santiago y a la parte interesada, para su conocimiento y fines de lugar.
Y por nuestra decisión, así se pronuncia, ordena y manda y firma.
La presente decisión fue firmada de manera digital, en fecha veintinueve (29) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), por la Magistrada BLESSIE GÓMEZ BÁEZ, juez de la Cuarta Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago y rubricada y firmada en formato digital por SOVARA C. SANTOS AMARO, secretaria.
SOVARA C. SANTOS A. Secretario(a) Titular Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por el juez y la secretaria que figuran en la estampa.