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Homologación de determinación de herederos

202600329

Cuarta Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdiccion Original de Santiago · Homologación de determinación de herederos · Acoge

Primera instancia27 de abril de 2026Exp. 2026-0045092Ponente: Blessie Gomez B.Inmobiliario

Fallo

PRIMERO: ACOGE parcialmente la instancia depositada en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026, por la Licenciada , en representación de los señores , […], y , contentiva de solicitud de determinación de herederos, partición y transferencia, que tiene por objeto el inmueble identificado como: Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, por los motivos expuestos.

LIBRO: 134 FOLIO: 135 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV SEGUNDO: DECLARA, que , […], son las únicas personas con capacidad legal para recibir los bienes relictos del finado .

TERCERO: ACOGE: los siguientes actos: -Acto de notoriedad pública No.19, de fecha dos (02) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de determinación de herederos del señor .

- Acto de Partición de fecha dos (02) del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de Partición Amigable.

-Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, los señores y (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 629.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

- Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 596.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

LIBRO: 134 FOLIO: 136 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV - Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradora), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 203.41 metros cuadrados,

Normas que aplica

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TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: FECHA: 27-04-2026 REPÚBLICA DOMINICANA EXPEDIENTE: PODER JUDICIAL NÚMERO DESPACHO: TRIBUNAL DE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA En la ciudad de Santiago de los Caballeros, municipio y provincia de Santiago, República Dominicana, a los veintisieta (27) días del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026); años ciento ochenta y tres (183) de la Independencia y ciento sesenta y tres (163) de la Restauración.

El Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original, debidamente constituido por la magistrada BLESSIE GÓMEZ BÁEZ, asistida de la secretaria SOVARA C. SANTOS AMARO, ha dictado la presente Resolución, después de haber comprobado que han sido cumplidas todas las formalidades exigidas por la Ley número 108-05 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos complementarios.

Con motivo de la solicitud de determinación de herederos, partición y transferencia, depositada en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026), por el suscrita por la Licenciada , dominicana, mayor de edad, soltera, Abogada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. 3, con estudio abierto en esta ciudad de Santiago, actuando en nombre y representación de los señores dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliada y , […], dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliada y , […], dominicana, mayor de edad, casada, pensionada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliada y , […], dominicano, portador de la cédula de identidad y electoral No. , […], dominicano, mayor de edad, comerciante casado, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. , […], dominicana, mayor de edad, casada, portadora de la Cédula de Identidad y Electoral No. , domiciliada y , […], dominicana, mayor de edad, soltera, portadora de la Cédula de Identidad y ElectoralNo. , domiciliada y residente en la Carretera LIBRO: 134 FOLIO: 128 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV , No.9, La chichigua, Gurabo, Santiago de los Caballeros Solicitud que tiene por objeto el inmueble siguiente: Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago.

CRONOLOGÍA DEL PROCESO En fecha dos (02) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), fue emitido el auto de designación de sala, por el Juez Coordinador del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, designando a la Cuarta Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago, para conocer en primer grado de la determinación de herederos, partición y transferencia que involucra la parcela de referencia.

PRETENSIONES DE LAS PARTES La parte peticionaria en el presente caso, procura en síntesis la determinación de herederos y partición de los bienes del finado , y la transferencia con respecto al inmueble que nos ocupa.

ELEMENTOS DE PRUEBA A) Pruebas documentales depositadas por los solicitantes: A.1) Original de la Constancia Anotada en el Certificado de Título Matricula No. inscrito en el libro No. 3018, folio No. 220, emitido por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha cinco (05) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), que ampara el derecho de propiedad en la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, la cual tiene una extensión superficial de:10,126.78 metros cuadrados, registrado a nombre de .

A.2) Original de Certificación del Estado Jurídico del Inmueble de referencia, expedida por la Oficina de Registro de Títulos de Santiago, en fecha 24 del mes de junio del 2025.

A.3) Original de Extracto de acta de defunción del señor , emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Tercera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026).

A.4) Original de Acta inextensa de nacimiento de , emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Tercerea Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha doce (12) LIBRO: 134 FOLIO: 129 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026).

A.5) Copia de la cedula de identidad y electoral de la señora .

A.6) Original de Extracto de acta de nacimiento de Gertrudis María, emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Tercerea Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026).

A.7) Copia de la cedula de identidad y electoral de la señora .

A.8) Original de Extracto de acta de nacimiento de , emitida por la Oficialía del Estado Civil de la Tercerea Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026).

A.9) Copia de la cedula de identidad y electoral de la señora .

A.10) Acto de notoriedad pública No.19, de fecha dos (02) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de determinación de herederos del señor .

A.11) Original de Pliego de modificaciones, notificación de liquidación, certificación y recibo de pago por concepto de impuestos de sucesión y donación del finado .

A.12) Acto de Partición de fecha dos (02) del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de Partición Amigable.

A.13) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, los señores y (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 629.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

LIBRO: 134 FOLIO: 130 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV A.14) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 596.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

A.15) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradora), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 203.41 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

A.16) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, el señor (comprador), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 288.42 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

PONDERACIÓN DEL CASO LIBRO: 134 FOLIO: 131 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV 1.-Este tribunal se encuentra apoderado para conocer del proceso de determinación de herederos, partición y transferencia con respecto a un inmueble registrado ubicado en la provincia de Santiago, lo cual de conformidad con los artículos 55, 56 y 57 de la Ley número 108-05 de Registro Inmobiliario y sus reglamentos complementarios, es competencia de este tribunal.

2.- Del estudio de los documentos depositados, quedan evidenciados los hechos siguientes: 3.- Que la señora , figura como propietario del inmueble identificado como: el derecho de propiedad en la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, la cual tiene una extensión superficial de:10,126.78 metros cuadrados, de conformidad con de la Constancia Anotada en el Certificado de Título en fecha cinco (05) del mes de marzo del año dos mil veintiséis (2026), y la certificación expedida por ese mismo órgano.

4.- El señor , falleció en fecha veintidós (22) del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y seis (1996), conforme el Extracto de acta de defunción, emitido por la Oficialía del Estado Civil de la Tercera Circunscripción de Santiago de los Caballeros, en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026).

5.- El señor , al momento de su fallecimiento se encontraba soltero, y en el transcurso de su vida procreó tres (3) hijos que responden a los nombres de: , y , de conformidad con las actas de nacimientos depositadas, siendo las únicas personas con capacidad legal para recibir los bienes dejados por el finado , conforme se establece en el Acto de notoriedad pública No.19, de fecha dos (02) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago.

6.- Según el recibo No. 476227680, emitido en fecha 09-12-2021, por el Banco de Reservas de la República Dominicana, fueron pagados los impuestos de sucesión y donación correspondiente la finada .

7.- En lo que respecta a la identidad del de cujus , el tribunal ha comprobado que se trata de la misma persona, se pudo comprobar su identidad, de conformidad con las pruebas anexas al expediente, por lo que se dio cumplimiento al criterio de especialidad establecido en el Principio II de la ley 108-05, sobre Registro Inmobiliario.

LIBRO: 134 FOLIO: 132 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV 8.- El artículo 815 del Código Civil establece que “a nadie puede obligarse a permanecer en el estado de indivisión de bienes, y siempre puede pedirse la partición, a pesar de los pactos y prohibiciones que hubiere en contrario”.

09.- Que, de conformidad con las disposiciones del artículo 711 del Código Civil: “la propiedad de los bienes se adquiere y transmite por sucesión, por donación entre vivos o testamentaria, y por efecto de obligaciones.

10.- Que, el artículo 718 del texto supra citado, establece que: “las sucesiones se abren por la muerte de aquél de quien se derivan”, y la propiedad de los bienes dejados por el finado, se transmiten a los sucesores, por ser los continuadores jurídicos del de cujus; por lo que, habiendo fallecido , quedó abierta la sucesión de dicho finado y los bienes relictos dejados por éste deben ser transmitidos a sus sucesores, por ser las únicas personas con capacidad legal para recibir la sucesión, de conformidad al artículo 731 y 745 del Código Civil dominicano.

11.- De conformidad con las disposiciones del artículo 55, párrafo 1 de la Ley No.108-05 de Registro Inmobiliario, “En los casos de partición amigable, ésta se ejecuta por la vía administrativa. A tal efecto, la solicitud de partición debe acompañarse del acto auténtico o bajo firma privada debidamente legalizado por Notario, en el cual todos los copropietarios, coherederos o copartícipes de común acuerdo pongan de manifiesto su voluntad y forma de dividir amigablemente el inmueble…..”.- 12.- El artículo 56 del mismo texto supra citado, establece que: “Cualquier copropietario, coheredero o copartícipe de un derecho registro indiviso puede solicitar la partición al Tribunal de Jurisdicción Original correspondiente”.- 13.- Conjuntamente con la determinación de herederos que nos ocupa, ha sido sometida la solicitud de transferencia en virtud de los siguientes actos: a) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, los señores y (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 629.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección LIBRO: 134 FOLIO: 133 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia; b) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 596.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia; c) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradora), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 203.41 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia y d) Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, el señor (comprador), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 288.42 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

14.- Las convenciones legalmente formadas tienen fuerza de ley para aquellos que las han hecho; no pueden ser revocadas, sino por su mutuo consentimiento, o por las causas que están autorizadas por la ley, y deben llevarse a ejecución de buena fe, como lo dispone el artículo 1134 del Código Civil dominicano.

LIBRO: 134 FOLIO: 134 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV 15.- En lo que respecta a la transferencia si bien procede acoger la misma, hay que observar que en el presente caso, los derechos de referencia corresponden a varias porciones de terreno amparadas en el certificado de título de referencia que contienen una porción mayor que corresponde a la vendedora y demás propietarios. En este sentido, existiendo una copropiedad, para poder individualizar los derechos objeto de compra, debe procederse a subdivisión y partición de la totalidad de los derechos entre los copropietarios, en atención a la disposición combinada del artículo 108 de la referida ley 108-05; artículo 154 de la resolución 789-2022, que instituye el reglamento general de mensuras catastrales; artículo 136 y siguientes de la resolución 787-2022, que instituye reglamento general de los tribunales de la jurisdicción inmobiliaria; por lo que corresponde ordenar a las partes, procedan a iniciar por ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales correspondiente, el proceso de individualización de sus derechos como corresponda, previo a que se ejecute por ante el registro de título correspondiente, motivo por el cual este tribunal impartirá instrucciones a fin de que los indicados propietarios se provean por ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales para los fines de lugar.

16.- Analizados dichos documentos este tribunal entiende que cumplen con los requisitos de fondo y de forma exigidos por la ley que rige la materia, por lo que procede acoger parcialmente la solicitud presentada.

Este Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original del Distrito Judicial de Santiago, Sala IV, administrando justicia en nombre de la República por autoridad y mandato de la ley, en aplicación de las disposiciones establecidas en los artículos 68 y 69 de la Constitución y en ponderación de los textos convencionales y legales de la República Dominicana: F A L L A PRIMERO: ACOGE parcialmente la instancia depositada en fecha doce (12) del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026, por la Licenciada , en representación de los señores , […], y , contentiva de solicitud de determinación de herederos, partición y transferencia, que tiene por objeto el inmueble identificado como: Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, por los motivos expuestos.

LIBRO: 134 FOLIO: 135 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV SEGUNDO: DECLARA, que , […], son las únicas personas con capacidad legal para recibir los bienes relictos del finado .

TERCERO: ACOGE: los siguientes actos: -Acto de notoriedad pública No.19, de fecha dos (02) del mes de septiembre del año dos mil veinte (2020), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de determinación de herederos del señor .

- Acto de Partición de fecha dos (02) del mes de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), instrumentado por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, contentivo de Partición Amigable.

-Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, los señores y (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 629.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

- Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha trece (13) del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025), intervenido entre, de una parte, la señora (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradores), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 596.00 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 28-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

LIBRO: 134 FOLIO: 136 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV - Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, la señora (compradora), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 203.41 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 5-6, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

- Original de Acto de venta bajo firma privada, con firmas legalizadas por el licenciado , de los del número para el municipio de Santiago, en fecha veinte (20) del mes de enero del año dos mil dieciocho (2018), intervenido entre, de una parte, la señora , y (vendedora), y de la otra parte, el señor (comprador), en virtud del cual la primera parte vende a favor de la segunda, de los derechos que le corresponde una porción de terreno con una extensión superficial de 288.42 metros cuadrados, dentro de la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago, contiene anexo el recibo de pago No. 0-0, expedido en fecha 20-05-2025 por el Ministerio de Hacienda de la Dirección General de Impuestos Internos, por concepto de impuestos por transferencia.

CUARTO: ORDENA a los señores: , […], y , que se provean por ante la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte, para que de acuerdo a los requisitos y exigencias que manda la Ley, inicien el correspondiente proceso de individualización con respecto a sus derechos sobre la Parcela No. 1101, del distrito catastral No. 6, del municipio y provincia de Santiago.

QUINTO: COMUNÍQUESE, a la Dirección Regional de Mensuras Catastrales del Departamento Norte y a la parte interesada, para su conocimiento y fines de lugar, a fin de que una vez culminado el proceso de individualización del inmueble en cuestión, sea remitido a este tribunal para fines de continuar con el curso del proceso.

Y por nuestra decisión, así se pronuncia, ordena y manda y firma.

LIBRO: 134 FOLIO: 137 TIPO DECISIÓN: RESOLUCIÓN NÚMERO DECISIÓN: REPÚBLICA DOMINICANA PODER JUDICIAL TRIBUNALDE TIERRAS DE JURISDICCIÓN ORIGINAL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTIAGO, SALA IV La presente decisión fue firmada de manera digital, en fecha veintisiete (27) del mes de abril del año dos mil veintiséis (2026), por la Magistrada BLESSIE GÓMEZ BÁEZ, juez de la Cuarta Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santiago y rubricada y firmada en formato digital por SOVARA C. SANTOS AMARO, secretaria.

SOVARA C. SANTOS A. Secretario(a) Titular Certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por el juez y la secretaria que figuran en la estampa.