Fallo
PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por contra la sentencia núm. 0360-2024-SSEN-00429 de fecha 12 de agosto de 2024 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
SEGUNDO: COMPENSA las costas de procedimiento.
Normas que aplica
- Constitución de la República
- Ley 2-23 sobre Recurso de Casación
- Ley 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional
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REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible SCJ-TS-25-0314 , Secretario General de la Suprema Corte de Justicia, CERTIFICO que en los archivos a mi cargo hay un expediente que contiene una sentencia de fecha 26 de febrero de 2025, que dice así: EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia actuando como corte de casación, competente para conocer las materias de tierras, laboral, contencioso administrativo y contencioso tributario, regularmente constituida por los magistrados Manuel Alexis Read Ortiz, presidente, Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello F. y Rafael Vásquez Goico, jueces miembros asistidos por la secretaria de la Sala en la sede de la Suprema Corte de Justicia ubicada en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, en fecha 26 de febrero de 2025, años 181° de la Independencia y 162° de la Restauración, dicta en audiencia pública la siguiente sentencia: Apoderada del recurso de casación interpuesto por contra la sentencia núm. 0360-2024-SSEN-00429 de fecha 12 de agosto de 2024 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, cuyo dispositivo figura copiado más adelante.
Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible I. Trámites del recurso 1. El recurso de casación fue interpuesto mediante memorial depositado en fecha 20 de septiembre de 2024 en el centro de servicio presencial de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, suscrito por los Lcdos. y Yasmín Eridania , actuando como abogados constituidos de .
2. La defensa al recurso de casación fue presentada por la sociedad Security Force, SRL., mediante memorial depositado en fecha 30 de septiembre de 2024 en el centro de servicio presencial de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, suscrito por sus abogados constituidos Licdos. y Henrry Jancel Ramírez de Óleo.
II. Antecedentes 3. Sustentado en una alegada dimisión justificada incoó una demanda en reclamación de prestaciones laborales, derechos adquiridos, horas extras, descanso intermedio y semanal no disfrutados, días feriados, quincena no pagada, seis (6) meses de salario por aplicación del artículo 95 ordinal 3ro. del Código de Trabajo e indemnización por daños y perjuicios contra la empresa Security Force, SRL., dictando Segunda Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible Santiago la sentencia núm. 0374-2023-SSEN-000096 de fecha 28 de abril de 2023, que declaró resciliado el contrato de trabajo por dimisión injustificada, condenó a la empresa demandada al pago de derechos adquiridos y quincena no pagada y rechazó las reclamaciones de prestaciones laborales, horas extras, descanso intermedio y semanal no disfrutados, días feriados, seis (6) meses de salario por aplicación del artículo 95 ordinal 3ro. del Código de Trabajo e indemnización por daños y perjuicios.
4. La precitada decisión fue recurrida en apelación de manera principal por y de manera incidental, por la empresa Security Force, SRL., dictando la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago la sentencia núm. 0360-2024-SSEN-00429 de fecha 12 de agosto de 2024, objeto del presente recurso de casación y que textualmente dispone lo siguiente: “PRIMERO: Se declara regular y válido, en cuanto a la forma, ambos recursos de apelación, por haber sido interpuestos de conformidad con las normas procesales; SEGUNDO: En cuanto al fondo, rechaza el recurso de apelación principal interpuesto por el señor y acoge el recurso de apelación incidental interpuesto por la empresa Security Force, S.R.L. en contra de la sentencia núm. 0374-2023-SSEN-000096, dictada en fecha 28 de abril del 2023, por la Segunda Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de Santiago, de conformidad con las precedentes consideraciones. En consecuencia, se confirma la sentencia impugnada, salvo, lo referente al salario de la última quincena, aspecto que se revoca.
Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible TERCERO: Condena al señor , al pago de las costas del procedimiento, ordenando su distracción a favor y provecho de los Licdos. y , abogados que afirman estar avanzándolas en su totalidad (sic).
III. Medios de casación 5. La parte recurrente invoca en sustento de su recurso de casación los siguientes medios: “Primer medio: Desnaturalización de las pruebas, de los hechos y falta de motivos. Segundo medio: Y falta de ponderación de pruebas, falta de base legal- Violación a la Ley 16-92 (Código de Trabajo), al principio 1x de Código de Trabajo” (sic).
IV. Considerandos de la Tercera Sala, después de deliberar Juez ponente: Moisés A. Ferrer Landrón 6. Esta sala es competente para conocer del presente recurso de conformidad con lo establecido en los artículos 154 numeral 2 de la Constitución de la República y 6 numeral 3 de la Ley núm. 2-23 de fecha 17 de enero de 2023 sobre Recurso de Casación.
V. Incidente 7. La parte recurrida plantea que el recurso de casación sea declarado inadmisible porque las condenaciones contenidas en la sentencia impugnada no sobrepasan los veinte (20) salarios mínimos establecidos en el artículo 641 del Código de Trabajo.
Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible 8. Como el anterior pedimento tiene por finalidad eludir el examen del fondo del recurso, procede examinarlo con prioridad atendiendo a un correcto orden procesal.
9. En ese orden, debe precisarse que el presente recurso de casación se rige por la Ley núm. 2-23, que respecto del régimen de la cuantía establece en la parte final del párrafo 3 del artículo 11 que en materia laboral aplica el régimen de la cuantía dispuesto por el Código de Trabajo.
10. En ese sentido, de conformidad con lo establecido en el artículo 641 del Código Trabajo, modificado por el artículo 90 de la Ley núm. 2-23, citada, …el recurso de casación … no será admisible contra las sentencias que impongan una condenación que no exceda de veinte (20) salarios mínimos del establecido en la referida ley.
11. Al momento de la terminación del contrato de trabajo que se produjo en fecha 8 de noviembre de 2019, estaba vigente la resolución núm. 22/2019 de fecha 9 de julio de 2019 dictada por el Comité Nacional de Salarios, la cual estableció un salario mínimo mensual de quince mil pesos con 00/100 (RD$15,000.00) para los trabajadores que prestaban servicios como vigilantes en las empresas de guardianes privados, como en la especie, por lo que el monto de veinte (20) salarios mínimos ascendía a trescientos mil pesos con 00/100 (RD$300,000.00).
Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible 12. En esa tesitura, la corte a qua confirmó parcialmente la sentencia del tribunal de primer grado, y condenó a la parte hoy recurrida a pagar la suma de doce mil quinientos pesos con 00/100 (RD$12,500.00) por concepto de proporción de salario de Navidad; suma que evidentemente no excede la cuantía de los veinte (20) salarios mínimos que establece el citado artículo 641 del Código de Trabajo, por lo que procede acoger el medio de inadmisión planteado por la parte recurrida en su memorial de defensa y declarar la inadmisibilidad del recurso de casación, sin necesidad de valorar los medios de que lo sustentan, en razón de que esa declaratoria, por su propia naturaleza lo impide.
13. En virtud de la tutela judicial diferenciada, acorde con las disposiciones contenidas en el artículo 74 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del 15 de junio de 2011, la desigualdad compensatoria y el principio protector propio de la materia laboral, no procede la condenación en costas del trabajador recurrente.
VI. Decisión La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de conformidad con la Constitución de la República, la norma legal aplicada al caso y sobre la base Av. esq. , Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R.D. • Tel.: • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: REPÚBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Exp. núm.: 0374-2019-ELAB-00519 Solicitud núm.: 2024-R0546768 Recurrente: Recurrido: Security Force, SRL. Materia: Laboral Decisión: Inadmisible de los motivos expuestos, dicta por autoridad y mandato de la ley la siguiente decisión: FALLA PRIMERO: Declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por contra la sentencia núm. 0360-2024-SSEN-00429 de fecha 12 de agosto de 2024 dictada por la Corte de Trabajo del Departamento Judicial de Santiago, cuyo dispositivo ha sido copiado en parte anterior del presente fallo.
SEGUNDO: COMPENSA las costas de procedimiento.
Firmado: Manuel Alexis Read Ortiz, Manuel R. Herrera Carbuccia, Moisés A. Ferrer Landrón, Anselmo Alejandro Bello F. y Rafael Vásquez Goico.
secretario general de la Suprema Corte de Justicia, certifico y doy fe que la presente sentencia ha sido firmada digitalmente por los jueces y el secretario que figuran en la estampa.